LA BANDERA DE CEREMONIAS
La Bandera de Ceremonias es aquella que preside las celebraciones patrias.
Según lo establecido en el Decreto 10.302/44, la Bandera de Ceremonias deberá utilizarse en los actos públicos externos y desfiles. Será color celeste y blanco, de tela gros (doble) de seda, confección lisa sin fleco alguno en su contorno. Llevará el sol dorado en una faz, bordado y en relieve, sin ninguna inscripción en el paño. Tendrá 1,40 m de largo por 90 cm de ancho y cada faja 30 cm.
El sol será el que figura en la moneda de oro de 8 escudos y de plata de 8 reales, de nuestra primera moneda. Su color será amarillo oro con 32 rayos flamígeros y rectos alternados. Tendrá 10 cm de diámetro en su interior y 25 cm hasta sus rayos.